Papa Francisco |
Las comisiones negociadoras de Paz que se encuentran en Cuba, expidieron el comunicado conjunto # 88 de la fecha en el cual explican los mecanismos acordados para la escogencia de los integrantes del Tribunal de la jurisdicción especial que impartirá justicia dentro de la reincorporación de la guerrilla de las FARC a la vida civil.
El documento resalta que se haya nominado al Papa Francisco como
parte de los personajes e instituciones que intervendrán en este proceso, para
darle garantías de seriedad y pulcritud.
Como segundo paso también se acordó la escogencia del secretario
general de las Naciones unidas.
El comunicado conjunto dice textualmente:
Comunicado Conjunto # 88
La Habana, Cuba, 12 de agosto de 2016
Tomada de Revista Semana |
El Gobierno Nacional y las FARC-EP
informamos que en el marco de lo establecido en el acuerdo de la Jurisdicción
Especial para la Paz hemos llegado a un acuerdo sobre criterios y el mecanismo
de selección de los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz así
como del Director de la Unidad de Investigación y Acusación:
Mecanismo
de Selección:
Comité de Escogencia: El Gobierno
Nacional y las FARC-EP hemos acordado proponer a las siguientes instituciones y
personas, que cada una de ellas, si decidieran aceptar esta solicitud, escojan
una persona para conformar el mecanismo de selección mencionado en el numeral
68 del acuerdo de creación de la Jurisdicción Especial para la Paz de 15 de
diciembre de 2015:
Su Santidad el Papa Francisco
El Secretario General de las Naciones
Unidas
La Sala Penal de la Corte Suprema de
Justicia
La delegación en Colombia del Centro
Internacional de Justicia Transicional (ICTJ).
La Comisión Permanente del Sistema
Universitario del Estado.
Los integrantes del comité deberán ser
personas de altas calidades éticas, y reconocidas trayectorias profesionales.
Los integrantes del comité seleccionarán
a los Magistrados por mayoría de 4/5, con un sistema de votación que promueva
el consenso.
El comité de escogencia gozará de toda la
autonomía e independencia para que pueda cumplir sus funciones de manera
imparcial. Las partes acordarán un reglamento de composición y funcionamiento
del comité de escogencia, que además regulará los mecanismos de postulación y
elección, mecanismos que contarán con la debida publicidad y garantías de
transparencia de manera que facilite el seguimiento y veeduría por parte
de la sociedad y que permita recibir
comentarios y opiniones de personas y organizaciones sobre los candidatos.
Criterios de selección:
En el acuerdo sobre el punto 5 “Víctimas”
de la Agenda del Acuerdo General, numerales 65 y 66 de la JEP, fueron acordados
los siguientes criterios para la selección de los Magistrados del Tribunal y de
las Salas:
Todos los Magistrados “deberán estar
altamente calificados y deberá incluirse expertos en distintas ramas del
Derecho, con énfasis en conocimiento del DIH, Derechos Humanos o resolución de
conflictos”.
El Tribunal y cada Sala “deberá ser
conformado con criterios de equidad de género y respeto a la diversidad étnica
y cultural, y será elegido mediante un proceso de selección que de confianza a
la sociedad colombiana y a los distintos sectores que la conforman”.
“Para ser elegido Magistrado del Tribunal
para la Paz deberán reunirse los mismos requisitos que para ser magistrado de
la Corte Constitucional, de la Corte Suprema o del Consejo de Estado de
Colombia, salvo la nacionalidad colombiana para los extranjeros. En ningún caso
se aplicará un sistema de carrera”.
“Para ser elegido Magistrado de Sala
deberán reunirse los mismos requisitos que para ser magistrado de Tribunal
Superior de distrito judicial. En ningún caso se aplicará un sistema de
carrera”.
En el proceso de selección se tendrán en
cuenta los estándares internacionales de
independencia judicial y las altas calidades morales de los candidatos, así
como el dominio del idioma español.
De acuerdo con lo establecido en el
acuerdo de la Jurisdicción Especial para la Paz, el comité de escogencia deberá
elegir siguiendo los criterios establecidos en la JEP:
20 magistrados colombianos y 4 extranjeros para el Tribunal para la Paz
18 magistrados con nacionalidad
colombiana y 6 magistrados extranjeros para las 3 Salas de Justicia
Una lista adicional de 19 nacionales y 5 extranjeros
para el Tribunal para la Paz y las Salas de Justicia en caso de que se requiera
aumentar el número de magistrados o sustituir a alguno de sus miembros.
El
Presidente o Presidenta
El Director o Directora de la Unidad de
Investigación y Acusación que tendrá plena autonomía para seleccionar a los
profesionales que harán parte de la misma.
Los
procesos de escogencia deberán concluir lo más pronto posible después de la
entrada en vigor del Acuerdo Final. En todo caso se priorizará la elección de
los magistrados o magistradas de la Sala de Amnistía y de la Sala de Definición
de las Situaciones Jurídicas.
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