Así
mismo, por cada Zona, las FARC-EP, designa un grupo de 10 de sus integrantes
que puede movilizarse a nivel municipal y departamental en cumplimiento de
tareas relacionadas con el Acuerdo de Paz. Para estos
desplazamientos los integrantes de las FARC-EP cuentan con las medidas de
seguridad acordadas con el Gobierno Nacional.
En los campamentos no habrá ni
podrá ingresar población civil en ningún momento.
Durante la vigencia de las
zonas se suspenderá el porte y la tenencia de armas para la población civil
dentro de dichas Zonas.
En caso de presentarse dentro
de una Zona algún hecho o circunstancia que requiera la presencia de la Policía
Nacional o cualquier otra autoridad armada del Estado se hace informando al
Mecanismo de Monitoreo y Verificación, para que coordine el ingreso de acuerdo
con los protocolos acordados por el Gobierno Nacional y las FARC-EP.
La ubicación de los
campamentos dentro de las Zonas se hará de forma que el Mecanismo de Monitoreo
y Verificación pueda ejercer su función.
En desarrollo del proceso de
preparación para la reincorporación a la vida civil de sus combatientes, las
FARC-EP en coordinación con el Gobierno Nacional, podrán realizar dentro de las
Zonas todo tipo de capacitación de los integrantes de las FARC-EP en labores
productivas, de nivelación en educación básica primaria, secundaria o técnica,
de acuerdo con sus propios intereses, jornadas de cedulación y demás
actividades de preparación para la reincorporación y otras actividades
necesarias para facilitar el tránsito a la legalidad de las FARC-EP.
6. Zona de Seguridad
Alrededor de cada Zona se
establece una Zona de Seguridad donde no podrá haber unidades de la Fuerza
Pública, ni efectivos de las FARC-EP con excepción de los equipos de monitoreo
y verificación acompañados de seguridad policial cuando las circunstancias así
lo requieran. El ancho de la Zona de Seguridad será de 1 kilómetro alrededor de
cada Zona.
7. Seguridad
El Gobierno Nacional y las
FARC-EP definirán conjuntamente unos protocolos de seguridad, que permitirán,
de manera integral, minimizar las potenciales amenazas que pueden afectar o
vulnerar las personas y bienes comprometidos en el Cese al Fuego y Hostilidades
Bilateral y Definitivo y la Dejación de las Armas.
Las condiciones de seguridad
implementadas garantizarán la protección de los integrantes del equipo de
monitoreo y verificación, los miembros de las FARC-EP, los delegados del
Gobierno Nacional, la Fuerza Pública y demás intervinientes en el proceso. Así
como, la coordinación de los movimientos y los dispositivos en el terreno.
El Gobierno Nacional a través
de la Fuerza Pública continuará garantizando las condiciones de convivencia y
seguridad de la población civil durante este proceso.
8. Dejación de las Armas (DA).
Consiste en un procedimiento
técnico, trazable y verificable mediante el cual la ONU recibe la totalidad del
armamento de las FARC-EP para destinarlo a la construcción de 3 monumentos,
acordados entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP.
La Dejación de las Armas por
parte de las FARC-EP se desarrollará en dos tiempos, denominados Control de
Armamento y Dejación de las armas, que integran los siguientes procedimientos
técnicos: registro, identificación, monitoreo y verificación de la tenencia,
recolección, almacenamiento, extracción y disposición final.
9. Procedimiento
Con la Firma del Acuerdo Final
inicia el proceso de Dejación de las Armas de las FARC-EP, que incluirá el
transporte del armamento a las zonas, la destrucción del armamento inestable, y
la recolección y almacenamiento en contenedores del armamento individual de
manera secuencial y en tres fases así: 1 Fase: D+90, el 30%; 2 Fase: D+120, el
30%; y 3 Fase: D+150, 40% restante, según la hoja de ruta (cronograma de
eventos) acordada por el Gobierno Nacional y las FARC-EP que guía el proceso
del Fin del Conflicto luego de la firma del Acuerdo Final.
Las FARC-EP contribuirá por
diferentes medios, incluyendo el suministro de información, con la limpieza y
descontaminación de los territorios afectados por minas antipersonal (MAP),
artefactos explosivos improvisados (AEI), y municiones sin explotar (MUSE) o
restos explosivos de guerra (REG) en general, teniendo en cuenta lo acordado en
los puntos 4 y 5 y lo que se acuerde en el punto de Reincorporación a la vida
civil en cuanto a la participación de las FARC-EP en la acción contra minas.
Para garantizar el control
efectivo del armamento en cada Zona se determinará un solo punto de
almacenamiento, dentro de uno de los campamentos, en donde estarán ubicados los
contenedores bajo el monitoreo y verificación permanente del Componente
Internacional del Mecanismo de Monitoreo y Verificación, de acuerdo con los
protocolos concertados entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP.
Recibido el armamento el día
D+150, a más tardar el día D+180 finalizará el proceso de extracción de las
armas por parte de Naciones Unidas, conforme a los procedimientos acordados
para esta materia y certificará el cumplimiento de este proceso procediendo a
comunicarlo al Gobierno Nacional y a la opinión pública.
El día D+180 se da por
terminado el funcionamiento de estas Zonas y el Cese al Fuego y de Hostilidades
Bilateral y Definitivo.
El Mecanismo de Monitoreo y
Verificación certificará y comunicará cada una de las fases del procedimiento
de dejación de armas antes descrito.
Por último, sobre la base del
acuerdo que hemos anunciado el día de hoy y en el marco de la Resolución 2261,
el Gobierno Nacional y las FARC-EP solicitamos al Secretario General de las
Naciones Unidas que se pongan en marcha todos los preparativos necesarios para
el despliegue de la Misión Política Especial, de manera que se pueda avanzar en
la implementación del presente acuerdo.
II. Acuerdo sobre “Garantías
de seguridad y lucha contra las organizaciones criminales responsables de
homicidios y masacres o que atentan contra defensores/as de derechos humanos,
movimientos sociales o movimientos políticos, incluyendo las organizaciones
criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus
redes de apoyo, y la persecución de las conductas criminales que amenacen la
implementación de los acuerdos y la construcción de la paz”.
Este acuerdo está dirigido a
brindar protección y seguridad a todos los habitantes del territorio nacional;
medidas de protección a las colectividades, los movimientos y organizaciones
sociales y de derechos humanos en los territorios; garantías para el ejercicio
de la política a los movimientos y partidos políticos, especialmente a los que
ejerzan oposición, al movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP
a la actividad política legal y a los integrantes de las FARC-EP en proceso de
reincorporación a la vida civil.
Adicionalmente contempla la
implementación de las medidas necesarias para intensificar con efectividad y de
forma integral las acciones contra las organizaciones y conductas criminales
objeto de este acuerdo que amenacen la construcción de la paz. El acuerdo
incluye igualmente medidas para el esclarecimiento del fenómeno del
paramilitarismo en complemento a lo ya acordado en el punto 5.
El acuerdo de garantías de
seguridad, se basa en los siguientes principios:
1. Respeto, garantía, protección y promoción
de los derechos humanos.
2. Asegurar el monopolio
legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado en todo el
territorio
3. Fortalecimiento de la
administración de justicia
4. Asegurar el monopolio de
los tributos por la Hacienda Pública
5. Enfoque territorial y
diferencial
6. Enfoque de género
7. Coordinación y
corresponsabilidad institucional
8. Participación ciudadana
9. Rendición de cuentas
10. Garantías de No Repetición
Para cumplir con estos
propósitos, el Gobierno Nacional y las FARC-EP, se comprometen a:
· El Gobierno Nacional
garantizará la implementación de las medidas necesarias para intensificar con
efectividad las acciones contra las organizaciones y conductas criminales
objeto de este acuerdo que amenacen la construcción de la paz. Además asegurará
la protección de las comunidades en los territorios, que se rompa cualquier
tipo de nexo entre política y uso de las armas, y que se acaten los principios
que rigen toda sociedad democrática.
· Las FARC-EP por su parte
asumen el compromiso de contribuir de manera efectiva a la construcción y
consolidación de la paz, en todo lo que resulte dentro de sus capacidades, a
promover los contenidos de los acuerdos y al respeto de los derechos
fundamentales.
Las medidas de seguridad y
protección que define el acuerdo se han construido sobre cinco pilares
fundamentales con un enfoque dimensional:
1. Un Pacto Político Nacional
y desde las regiones con los partidos y movimientos políticos, los gremios, la
sociedad organizada y en general las fuerzas vivas de la nación para que nunca
más se utilicen las armas en la política ni se promuevan organizaciones
violentas como el paramilitarismo. Este pacto buscará la reconciliación
nacional y la convivencia pacífica.
2. Una Comisión Nacional de
Garantías de Seguridad que será presidida por el Presidente de la República y
tendrá como objeto el diseño y el seguimiento a la política pública y criminal
en materia de desmantelamiento de cualquier organización o conducta de que
trata este acuerdo. La Comisión también armonizará dichas políticas para
garantizar su ejecución.
3. Una Unidad Especial de
Investigación dentro de la Fiscalía General de la Nación para el
desmantelamiento de las organizaciones criminales y sus redes de apoyo, que
hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo de conformidad con lo
establecido en el numeral 74 del acuerdo sobre la Jurisdicción Especial para la
Paz. Esta Unidad contará con una unidad especial de policía judicial con
expertos en distintas materias.
4. En desarrollo de lo
acordado en el punto 2 “Participación Política”, la creación del Sistema
Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política que desarrollará un
modelo de garantías de derechos ciudadanos y protección para los movimientos y
partidos políticos, incluyendo el movimiento o partido político que surja del
tránsito de las FARC-EP a la vida civil, organizaciones sociales, de derechos
humanos y las comunidades en los territorios. El Sistema incluye la creación en
la Unidad Nacional de Protección de un cuerpo mixto de protección para los
integrantes de las FARC-EP en proceso de reincorporación a la vida civil.
5. Un Programa Integral de
Seguridad y Protección para las comunidades y organizaciones en los territorios
que tendrá como propósito la definición y adopción de medidas de protección
integral para las organizaciones, grupos y comunidades en los territorios.
El acuerdo incluye
adicionalmente las siguientes medidas complementarias:
· El diseño y puesta en marcha
de una política de sometimiento a la justicia para las organizaciones objeto de
este acuerdo.
· La activación de un cuerpo
élite de la Policía Nacional como instrumento para desarticular las
organizaciones criminales objeto del acuerdo.
· Instrumento de prevención y
monitoreo de las organizaciones criminales: es un sistema de anticipación y
prevención para la reacción rápida, que está orientado a garantizar una mejor
identificación de las amenazas en los territorios y una acción con mayor
impacto de la Fuerza Pública para contener esas amenazas.
· Medidas de prevención y
lucha contra la corrupción: dirigidas a fortalecer la transparencia institucional.
III. Acuerdo sobre “Refrendación”
El gobierno de Colombia y las FARC-EP, para
zanjar las diferencias surgidas hasta la fecha sobre el tema aludido, en el día
de hoy, en desarrollo de la agenda del Acuerdo General para la Terminación del
Conflicto, hemos convenido acoger como fórmula de convergencia la decisión que
profiera la Corte Constitucional sobre los alcances del Proyecto de Ley
Estatutaria No. 156 de 2015 Cámara, 94 de 2015 Senado, en el espíritu hasta
ahora anunciado y en esa medida aceptamos el mecanismo de participación popular
que la Corte indique y en los términos que ese alto tribunal señale.
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